Movilidad internacional: Alegación a los listados provisionales de las convocatorias de movilidad
Estudiante
Movilidad Internacional
Iniciar el procedimiento:
Requiere abono de tasas:
No
Datos generales
Objeto del procedimiento
Permitir, a estudiantes que han solicitado una plaza de movilidad internacional en las convocatorias Erasmus y Programa Propio de Intercambio (Grado), realizar una alegación para modificar cualquier dato de su solicitud, cuando consideren que no se han reflejado correctamente en los listados provisionales de adjudicación de plazas de las convocatorias en vigor.
Breve descripción del procedimiento
Los estudiantes solicitan revisión de la aplicación de los criterios de adjudicación establecidos en cada convocatoria en un formulario con motivos tasados en base a dichos criterios o introduciendo un texto libre para alegaciones diferentes a los motivos tasados.
El usuario adjuntará a su solicitud en formato pdf, la documentación obligatoria (resguardo de la solicitud) y la que estime conveniente para sustentar su alegación, junto con una declaración responsable de su autenticidad.
La ORI revisa la solicitud, comprueba los hechos alegados y estima o desestima la alegación y comunica al estudiante el resultado: estimación o desestimación de la solicitud.
- La estimación supone la corrección del error en la aplicación informática que gestiona la convocatoria y la aplicación de la puntuación corregida en la adjudicación definitiva: el estudiante aparece en la posición correcta en las listas definitivas.
- La desestimación se contesta mediante escrito motivado.
Demás datos del procedimiento
Quién lo puede solicitar
Solicitantes de plaza en convocatorias de movilidad internacional de estudiantes (Erasmus y Programa Propio de intercambio -Grado-).
Requisitos Administrativos
Haber solicitado plaza en las convocatorias Erasmus y Programa Propio de intercambio internacional.
Cómo lo puede solicitar el usuario y cómo responde la UGR
- Solicitud electrónica a través de la Sede Electrónica:
- Con certificado digital: las notificaciones UGR se realizarán a través del sistema de notificaciones electrónicas de la Universidad de Granada
- Con usuario y clave de acceso identificado.
Normativa Aplicable
- Reglamento (UE) nº 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de julio de 2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior (eIDAS)
- Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (GDPR)
- Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
- Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Estatutos de la Universidad de Granada (Decreto 231/2011, de 12 de julio. BOJA nº147 de 28 de julio de 2011)
- Reglamento de Administración Electrónica de la Universidad de Granada (BOUGR nº 167 de 26 de marzo de 2021)
Unidad responsable
Vicerrectorado de Internacionalización. Oficina de Relaciones Internacionales.
Complejo Administrativo Triunfo,
Avenida del Hospicio s/n. 18071 GRANADA.
Tel.: +34 958 249 030. Fax.: +34 958 243 009.
intlinfougr.es